Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 31 de Octubre de 2012 (Tesis num. XVI.1o.A.T. J/2 (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 01-10-2012 (Reiteración))

Número de registro2001984
Número de resoluciónXVI.1o.A.T. J/2 (10a.)
Fecha31 Octubre 2012
Fecha de publicación31 Octubre 2012
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2155. XVI.1o.A.T. J/2 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo

La fracción V del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación faculta a las autoridades fiscales para practicar visitas domiciliarias, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, entre otras, en materia aduanera, pero esa atribución no es sólo para introducirse al domicilio del gobernado, sino también para requerirle datos, informes o documentos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones revisadas, esto es, la documentación o los comprobantes que amparen la legal propiedad, posesión, estancia, tenencia o importación de mercancías de procedencia extranjera, sin que esa porción normativa pueda interpretarse en el sentido de que sólo permite a la autoridad realizar la visita en el domicilio del particular, pero no tiene el alcance de permitirle que le requiera la indicada información para verificar el cumplimiento de las obligaciones objeto de la revisión y que, por ende, para estimar que se encuentran debidamente fundadas esas facultades deba invocar la norma que le otorgue la atribución específica en ese sentido, de forma que en la orden relativa es innecesaria la cita de las fracciones II o III del mencionado precepto, pues basta señalar la V.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

Revisión fiscal 41/2012. Secretario de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Guanajuato y otra. 24 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: R.Z.M., secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado...

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