Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 31 de Mayo de 2013 (Tesis num. XVI.1o.A.T. J/5 (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 01-05-2013 (Reiteración))

Número de registro2003536
Número de resoluciónXVI.1o.A.T. J/5 (10a.)
Fecha31 Mayo 2013
Fecha de publicación31 Mayo 2013
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 2; Pág. 1117. XVI.1o.A.T. J/5 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa

De los artículos 17 y 58-6 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se advierte que cuando el actor en el juicio tramitado en la vía sumaria manifieste en su demanda que la resolución administrativa que pretende impugnar no le fue notificada, precise la autoridad demandada y ésta, al contestar, acompañe la constancia de la resolución administrativa y de su notificación, el plazo para la ampliación del escrito inicial será de cinco días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del acuerdo que admita la contestación, la cual, en términos del artículo 67, fracción III, del propio ordenamiento, debe practicarse personalmente, con el objeto de entregar al actor copia del proveído correspondiente así como de la contestación de la demanda y de las constancias aportadas por la autoridad demandada, pues de lo contrario se actualiza una violación a las formalidades esenciales del procedimiento, en virtud de que no existirá certeza de que el actor tiene conocimiento de la contestación ni de sus anexos, por lo que no puede practicarse esa comunicación mediante boletín electrónico.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 633/2012. Constructora Industrial Activa, S.A de C.V. 13 de diciembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: A.A.R.C.. Secretaria: Ma. del C.Z.C..


Amparo directo 699/2012. Grupo Profesional Mexicano, S.A. de C.V. 24 de enero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: A.A.R.C.. Secretaria: Ma. del C.Z.C..


Amparo directo 789/2012. L.G.G.J.. 14 de febrero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: V.M.E.J.. Secretario: J.C.N.G..


Amparo directo...

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