Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 31 de Marzo de 2013 (Tesis num. VI.2o.P.10 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 01-03-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.P.10 P (10a.)
Fecha de publicación31 Marzo 2013
Fecha31 Marzo 2013
Número de registro2002957
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 3; Pág. 1907. VI.2o.P.10 P (10a.).
MateriaComún,Penal,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Aun cuando con motivo del proceso legislativo que modificó al artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció la necesidad de la intervención del ofendido o víctima del delito en el juicio de amparo indirecto con el carácter de tercero perjudicado, cuando el acto reclamado afecte a la reparación del daño, aunque no se refiera directamente a ella, con la intención de darle oportunidad de ser escuchado, ya sea a través de lo que tenga que alegar respecto del acto reclamado contra el que la parte reo solicita la protección federal, o incluso, interponiendo los recursos que en su calidad de tercero perjudicado tiene al alcance; sin embargo, tal intervención no puede variar la integración de la litis en el juicio de amparo, pues el Máximo Tribunal en Pleno ha sostenido que ésta se integra con los conceptos de violación vertidos en la demanda, los motivos y fundamentos del acto reclamado y los aducidos en el informe justificado; por tanto, los alegatos de las partes en un juicio de garantías no forman parte de ella, pues aun cuando en algunos casos pudieran orientar jurídicamente el criterio del resolutor federal, no por ello...

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