Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 31 de Marzo de 2013 (Tesis num. III.1o.C.5 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-03-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2003131
Número de resoluciónIII.1o.C.5 C (10a.)
Fecha de publicación31 Marzo 2013
Fecha31 Marzo 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 3; Pág. 2067. III.1o.C.5 C (10a.).
MateriaCivil

En una nueva reflexión sobre el tema abordado en la tesis III.1o.C.93 C, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, mayo de 1999, página 1065, de rubro: "REMATE. LAS ETAPAS DE QUE CONSTA LA AUDIENCIA, DEBEN REALIZARSE EN UNA SOLA DILIGENCIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).", este tribunal estima pertinente aclararla, para puntualizar que la subasta judicial no necesariamente debe contener tanto el fincamiento del remate como la adjudicación para que sea válida, puesto que la expresión "fincamiento de remate" es empleada por el legislador para determinar al ganador del concurso de posturas, evidentemente, sólo en el caso de que éstas se hubieren formulado, y sin que la ley exija que en la misma audiencia en la que se hubiere fincado el remate en favor del mejor postor, también deba declararse, formal o sacramentalmente que, además, de haberse fincado, se ha adjudicado el bien al postor ganador. En tanto que si no se presentó postura legal alguna en la subasta, como en los supuestos a que se refieren los artículos 570 y 571 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, al no existir pujas que compitan por la adjudicación del bien en subasta, es suficiente con que se exprese que se adjudica el bien al ejecutante, por así haberlo solicitado, sin necesidad de que previamente se le hubiere hecho la declaratoria formal de "fincamiento del remate", puesto que las expresiones "fincar el remate" y "adjudicación" son utilizadas en la citada ley procesal, para expresar que se transmite la propiedad del bien en subasta en favor de determinada persona, ya sea al mejor postor, para el caso del "fincamiento del remate", por haber concursado más de una postura, o al ejecutante ante falta de postores, para el caso de "adjudicación"; tan es así que el artículo 569 del señalado...

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