Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 31 de Diciembre de 2012 (Tesis num. XX.2o.3 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 01-12-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX.2o.3 P (10a.)
Fecha de publicación31 Diciembre 2012
Fecha31 Diciembre 2012
Número de registro2002345
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1448. XX.2o.3 P (10a.).
MateriaComún,Penal,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

El artículo 73, fracción XVII, de la Ley de Amparo establece que el juicio de garantías es improcedente cuando subsistiendo el acto reclamado no pueda surtir efecto legal o material alguno por haber dejado de existir el objeto o la materia del mismo. Sin embargo, dicha causal no se actualiza por el hecho de que durante la tramitación del juicio de amparo hayan fenecido la fecha y hora programadas para la celebración del interrogatorio de un testigo de cargo propuesto por una de las partes, y respecto del cual se ordenó su localización, comparecencia y presentación ante la autoridad judicial, pues por ese hecho el objeto de la diligencia no ha dejado de existir, ni implica que sus efectos jurídicos ya no se concreten o no se vayan a concretar en perjuicio del peticionario, porque subsiste la misma situación de hecho que motivó la inconformidad constitucional; esto es, su comparecencia ante el Juez de la causa para el desahogo del medio probatorio señalado. En esas condiciones, aun cuando hayan transcurrido la fecha y hora de presentación fijada en la orden impugnada, ello no significa que el objeto del acto reclamado deje de existir, ya que su temporalidad es un aspecto secundario que no incide en dicho acto, debido a que el tema de fondo a dilucidar en la causa correspondiente (el desahogo del interrogatorio) no sufre afectación, pues cabe la posibilidad de que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR