Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Novena Región, 31 de Diciembre de 2012 (Tesis num. XXIII.1o.(IX Región) 12 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Novena Región, 01-12-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXIII.1o.(IX Regi
Fecha de publicación31 Diciembre 2012
Fecha31 Diciembre 2012
Número de registro2002325
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1391. XXIII.1o.(IX Región) 12 A (10a.).
MateriaComún,Administrativa

Cuando con fundamento en el artículo 2o., segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se controvierta en el juicio de nulidad un acto administrativo, decreto o acuerdo de carácter general diverso de los reglamentos, en unión de su primer acto de aplicación y el actor obtenga la declaración de nulidad lisa y llana de éste por vicios de fondo, carece de interés jurídico para impugnar en amparo directo dicha resolución, aun cuando sus planteamientos sobre la legalidad del acto administrativo, decreto o acuerdo de carácter general hubiesen sido desestimados, pues no puede obtener un beneficio mayor. Lo anterior se considera así, pues la hipótesis indicada del mencionado artículo guarda similitud con el examen de normas generales en el juicio de amparo directo contra leyes, donde la inaplicación de los preceptos declarados inconstitucionales se...

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