Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 31 de Diciembre de 2012 (Tesis num. VI.2o.P.7 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 01-12-2012 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | VI.2o.P.7 P (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Diciembre 2012 |
Fecha | 31 Diciembre 2012 |
Número de registro | 2002433 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1585. VI.2o.P.7 P (10a.). |
Materia | Común,Penal,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
Como en los citados procedimientos se requiere que las audiencias queden registradas en audio y video, los órganos jurisdiccionales están almacenando esos datos en soportes materiales apropiados para ello, los cuales integran las constancias con plena validez y eficacia legal. Así, cuando la autoridad judicial señalada como responsable remite como justificación de su informe la videograbación de la audiencia correspondiente contenida en un disco versátil digital, lo que hace es adjuntar el registro idóneo de esa actuación procesal, la cual para efectos del juicio de amparo constituye una documental que se desahoga por sí misma, pues aun cuando se requiere de equipo electrónico para acceder a la información contenida en el disco, la difusión y popularización de las nuevas tecnologías es tal que actualmente es posible reproducir el contenido de un disco óptico (o soportes materiales similares) en cualquier computadora, equipo que en este momento es el instrumento personal de trabajo más usual en cualquier órgano jurisdiccional federal, de manera que así como cualquier actuario, secretario o titular puede acceder a la información escrita plasmada en un expediente soportado en papel, lo mismo sucede con la videograbación almacenada en el soporte digital. De ahí que sea innecesario que el Juez de amparo celebre una audiencia de reproducción, ya que para dar certeza jurídica a las partes en relación con lo manifestado por la autoridad responsable bastará con darles vista con...
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Ejecutoria num. 455/2012 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-2013 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-02-2013 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 455/2012)
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