Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Octavo Circuito, 31 de Octubre de 2012 (Tesis num. VIII.A.C.1 A (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y Civil del Octavo Circuito, 01-10-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.A.C.1 A (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2012
Fecha31 Octubre 2012
Número de registro2002066
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2823. VIII.A.C.1 A (10a.).
MateriaComún

En términos del artículo 124 de la Ley de Amparo, para obtener la suspensión de los actos reclamados en el juicio de amparo, se requiere que: a) lo solicite el quejoso; b) la medida cautelar no cause perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público; y, c) sean de difícil reparación los daños y perjuicios que se causen al agraviado. Por su parte, el inciso g) de la fracción II del dispositivo indicado establece que se considerará que sí se causa perjuicio al interés social y se contravienen disposiciones de orden público, entre otros supuestos, cuando el acto reclamado se encuentre en alguno de los supuestos previstos en el artículo 131, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pues bien, aun cuando el acto reclamado tenga su fundamento en el citado dispositivo constitucional, por excepción, resulta procedente conceder la suspensión contra sus efectos y consecuencias, si con tal medida, lejos de impedir la recaudación fiscal se actualiza el efecto contrario, esto es, permite seguir cobrando las contribuciones o aranceles, que es en lo que finalmente están interesados la sociedad y el Estado, dado el impacto positivo que generaría para la hacienda pública y, en consecuencia, en el beneficio colectivo.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL OCTAVO CIRCUITO.

Incidente de suspensión (revisión) 149/2012. 7 de junio de 2012. Mayoría de votos. Disidente: F.E.V.. Ponente: V.A.P.C.. Secretario: M.A.A.Q..


Incidente de suspensión (revisión) 191/2012. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 7 de junio de 2012. Mayoría de votos. Disidente: F.E.V.. Ponente: V.A.P.C.. Secretario: M.A.A.Q..


Incidente de suspensión (revisión) 169/2012. D., S.A. de C.V. 7 de junio de 2012. Mayoría de votos. Disidente: F.E.V.. Ponente: V.A.P.C.. Secretario: M.A.A.Q..


Incidente de suspensión (revisión) 170/2012. D., S.A. de C.V. y otros. 7 de junio de 2012. Mayoría de votos. Disidente: F.E.V.. Ponente: V.A.P.C.. Secretario: M.A.A.Q..


Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 281/2012, resuelta por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación...

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