Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, Con Residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, 31 de Octubre de 2012 (Tesis num. II.8o.(I Región) 12 A (10a.) de Octavo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Primera Región, Con Residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, 01-10-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.8o.(I Regi
Fecha de publicación31 Octubre 2012
Fecha31 Octubre 2012
Número de registro2002032
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2750. II.8o.(I Región) 12 A (10a.).
MateriaConstitucional,Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

El artículo 24 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria dispone que las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado deberán ser resueltas por la Secretaría de Gobernación de manera escrita, fundada y motivada, dentro de los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente a su presentación, para lo cual la referida dependencia pedirá opinión sobre las condiciones prevalecientes en el país de origen del solicitante a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a las demás autoridades competentes que establezca el reglamento respecto de los antecedentes de aquél. Por tanto, si un J. de Distrito determina que la mencionada solicitud se resolvió sin contar con los elementos objetivos necesarios para hacerlo, y concede el amparo para que esta última secretaría pida opinión sobre las circunstancias prevalecientes en el país de origen del solicitante, así como información acerca de sus antecedentes a diversas dependencias y entidades federales y estatales, tal decisión no viola el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, pues busca el mayor beneficio para el quejoso, ya que advirtió que para resolver su petición de manera congruente e integral era necesario contar con mayores elementos que aquellos que tomó en cuenta de manera...

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