Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 31 de Octubre de 2012 (Tesis num. I.3o.T.9 L (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-10-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2002084
Número de resoluciónI.3o.T.9 L (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2012
Fecha31 Octubre 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2834. I.3o.T.9 L (10a.).
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Del artículo 979 de la Ley Federal del Trabajo se deduce el derecho que tienen los trabajadores que obtienen un laudo favorable de solicitar a la Junta que lo haga del conocimiento de otras autoridades, remitiéndoles copia certificada de éste, para que se tome en cuenta la preferencia de su crédito. Por otra parte, de los artículos 2903 y 2904 del Código Civil del Estado de Querétaro, se advierte que el fin de las anotaciones registrales preventivas es dar seguridad a las personas adquirentes de una finca o derecho real; salvaguardar derechos litigiosos del actor de un juicio; así como ofrecer a terceros la publicidad de que un bien inmueble está en litigio y evitarles enajenaciones infructuosas como adquirentes de buena fe, respecto de predios y construcciones en controversia. Así, la anotación registral preventiva en la partida registral de un bien inmueble, que da noticia del carácter litigioso de la propiedad afecta, tiene como finalidad que los terceros que pudieren interesarse en ese bien, conozcan que está sujeto a una controversia judicial y si aun así celebran actos jurídicos con su dueño, debe entenderse que lo hacen asumiendo el resultado del juicio cuya publicidad se...

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