Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 31 de Octubre de 2012 (Tesis num. II.2o.C.2 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 01-10-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.C.2 K (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2012
Fecha31 Octubre 2012
Número de registro2001960
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2624. II.2o.C.2 K (10a.).
MateriaConstitucional,Común

Es de reconocido derecho que los Jueces de Distrito al conocer de los distintos juicios de amparo de su competencia, y no de procesos federales, ejercen funciones propias de control constitucional y de legalidad, pues dictan determinaciones de cumplimiento obligatorio según su criterio y responsabilidad. Así, a juicio de las partes pueden infringir algunos preceptos legales en agravio de los gobernados. De consiguiente, aun cuando en contra de sus decisiones procede el recurso de revisión, éste no se intenta como un medio de control constitucional autónomo a través del cual pudiera examinarse la violación alegada a los derechos y garantías que reconoce la Constitución Fundamental y que se aduzca infringiera el Juez de Distrito, quien actúa en su defensa, las tutela y salvaguarda, pues la revisión en la segunda instancia del juicio constitucional tiende a asegurar un óptimo ejercicio de la función jurisdiccional, porque a través de dicho recurso el Tribunal Colegiado competente, con amplias facultades, incluso de sustitución, vuelve a analizar los motivos y fundamentos que el Juez de Distrito tomó en cuenta para emitir su fallo, limitándose, en ciertos casos, al alcance de los agravios expuestos. Luego, en tal secuencia lógica y jurídica, al resolver...

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