Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito, 30 de Septiembre de 2012 (Tesis num. VIII.2o.P.A.2 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Octavo Circuito, 01-09-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.2o.P.A.2 P (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2012
Fecha30 Septiembre 2012
Número de registro2001633
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1726. VIII.2o.P.A.2 P (10a.).
MateriaComún

En observancia a la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, que imponen a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos humanos y libertades fundamentales, afirmando el derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de una desaparición forzada y la suerte de la persona desaparecida, así como el respeto del derecho a la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones a este fin, y en atención al principio pro homine previsto en los artículos 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que forman parte de la Ley Suprema de la Unión, conforme a los artículos 1o. y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al identificar en el amparo como acto reclamado la desaparición forzada de personas, el órgano de control constitucional y convencional...

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