Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, 31 de Agosto de 2012 (Tesis num. XII.3o.(V Región) 4 L (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Quinta Región, 01-08-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2001412
Número de resoluciónXII.3o.(V Regi
Fecha de publicación31 Agosto 2012
Fecha31 Agosto 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1905. XII.3o.(V Región) 4 L (10a.).
MateriaLaboral

El cómputo del término para que opere la prescripción de la acción de reconocimiento de una enfermedad profesional, conforme a la regla general prevista en el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, terminada la relación laboral, inicia a partir de la propia separación, pues es evidente que el patrón dio por terminado el vínculo laboral sin reconocer riesgo de trabajo alguno; lo que origina desde este momento la exigibilidad de esa obligación a cargo de éste. Lo anterior, aun cuando la enfermedad se manifieste con posterioridad a la separación, si se acredita que ésta fue como consecuencia de las actividades que desempeñaba; acorde con el artículo 498 de la propia legislación.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.

Amparo directo 363/2012. F.P.M.. 10 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: G.E.S.G.. Secretaria: A.A.V.E..


Nota:


Por ejecutoria del 10 de abril de 2013, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR