Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 31 de Mayo de 2012 (Tesis num. III.3o.(III Región) 9 L (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Tercera Región, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 01-05-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2000901
Número de resoluciónIII.3o.(III Regi
Fecha de publicación31 Mayo 2012
Fecha31 Mayo 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 2112. III.3o.(III Región) 9 L (10a.).
MateriaLaboral

De conformidad con el artículo 107 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, las acciones para pedir la reinstalación en el trabajo o la indemnización que la ley concede prescribirán en 60 días contados a partir del día siguiente en que sea notificado al trabajador su cese, independientemente de la fecha en que se materialice este acto, o de aquella en que, sin haber sido notificado por el órgano del Estado o Municipio para el que presta sus servicios, se ostente sabedor de él, pues atender a estos últimos criterios, significaría apartarse del verdadero sentido de la ley, hasta el extremo de integrar una norma totalmente distinta a la disposición...

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