Tesis Aislada, Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Séptima Región, 1 de Abril de 2012 (Tesis num. XXI.(VII Región) 1 P (9a.) de Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Séptima Región, 01-04-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.(VII Regi
Fecha de publicación01 Abril 2012
Fecha01 Abril 2012
Número de registro160145
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VII, Abril de 2012, Tomo 2; Pág. 1986
MateriaPenal,Derecho Penal

A partir de las reformas constitucionales publicadas en junio de dos mil ocho, el Constituyente Permanente estableció el sistema penal de justicia acusatorio y oral y, en cumplimiento a ello, en el Estado de México, el nueve de febrero de dos mil nueve, se publicó en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el decreto que expidió el nuevo Código de Procedimientos Penales para esa entidad federativa, cuya vigencia escalonada inició el uno de octubre del mismo año. Dentro del diseño del nuevo esquema procesal penal se establece el procedimiento abreviado como uno de los medios alternativos de solución de controversias, cuyo trámite está previsto en los artículos 388 al 393 del referido código. Este procedimiento abreviado podrá iniciarse a solicitud del Ministerio Público cuando el imputado acepta ante la autoridad judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su intervención en el hecho delictuoso, en términos de la fracción IV del artículo 390 de ese código, siempre que se cumplan con las demás formalidades consistentes en que el imputado exprese su conformidad de manera libre, voluntaria e informada, asistido de su defensor, sobre la apertura del citado...

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