Tribunales Colegiados de Circuito nº 1214 de Votos Particulares, 1 de Julio de 2000 (caso Voto Particular de Tribunales Colegiados de Circuito, Amparo en revisión 430/99, del 01 de Julio de 2000)

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FRAUDE. SÓLO ES PERSEGUIBLE MEDIANTE QUERELLA, NO OBSTANTE EL MONTO DEL DAÑO PATRIMONIAL, Y EL NÚMERO O CALIDAD DE LOS SUJETOS PASIVOS (CÓDIGO PENAL FEDERAL).

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Extracto


Tribunales Colegiados de Circuito nº 1214 de Votos Particulares, 1 de Julio de 2000 (caso Voto Particular de Tribunales Colegiados de Circuito, Amparo en revisión 430/99, del 01 de Julio de 2000)

Voto particular del Magistrado Carlos Loranca Muñ...

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