Tesis, Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 14 de Junio de 2007 (Tesis num. I.9o.T. J/51 de Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-04-2007 (Reiteración))

Número de registro172688
Número de resoluciónI.9o.T. J/51
Fecha14 Junio 2007
Fecha de publicación14 Junio 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Si el demandado se excepciona en el sentido de que la relación que existió con el actor fue de prestación de servicios profesionales y ofrece al juicio un contrato en el que se especifica ese hecho, en donde se señala que el vínculo se rige por las disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal; este instrumento por sí solo no demuestra que la relación haya sido de tal naturaleza, puesto que el referido documento debe estudiarse conjuntamente con el resto del material probatorio para resolver lo conducente; de ahí que si en el juicio se acreditan los elementos de subordinación, como es el caso en que al prestador del servicio se le ordena dónde y cómo debe realizar su trabajo, se le proporcionan los medios para el desempeño de su labor, que son propiedad de la empresa, se le expiden credenciales que lo identifican como su empleado y se le asigna una compensación económica, que aun cuando se le denomine honorarios, por así haberse consignado en el convenio, pero que en verdad se trata de la retribución que se le pagaba por su trabajo; por consiguiente, si se justifican estos extremos se debe concluir que la relación real que existió entre las partes fue de...

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