Tesis, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Enero de 1993 (Tesis num. I.2o.P. J/46 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-01-1993 (Reiteración))

Número de registro217440
Número de resoluciónI.2o.P. J/46
Fecha de publicación01 Enero 1993
Fecha01 Enero 1993
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Penal

El servicio público es aquel que debe efectuar en principio el Estado con la finalidad de satisfacer las necesidades de la colectividad o "al público", caracterizándose por ser continuo, regular y uniforme, el que también realizan los particulares a título oneroso o gratuito, para lo cual requieren de la concesión que previamente les haga el propio estado, ya que pasa a formar parte de su estructura, o bien que esa concesión se pretenda obtener por diversos medios a su alcance, como lo son los carros tolerados que dan servicio al público y que es un hecho real que se materializa desde el momento en que se presta; pero esto no significa que para los efectos penales esa calificativa no se actualice en la hipótesis establecida en el artículo 381, fracción VII, del Código Penal para el Distrito Federal, ya que por estar destinado el vehículo robado al traslado de la comunidad, a virtud de una concesión, autorización o simplemente tolerado, es de concluirse que se trata de uno del transporte público y, por ende, es factible...

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