Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Agosto de 1997 (Tesis num. I.1o.P. J/5 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-08-1997 (Reiteración))

Número de registro197915
Número de resoluciónI.1o.P. J/5
Fecha de publicación01 Agosto 1997
Fecha01 Agosto 1997
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Penal,Penal

Aun cuando la aportación de un sujeto al hecho delictivo no pueda, formalmente, ser considerada como una porción de la acción típica, si aquélla resulta adecuada y esencial al hecho de tal manera que evidencia que existió entre los agentes un reparto del dominio del hecho en la etapa de su realización (codominio funcional del hecho), tal aportación es suficiente para considerar a dicho agente coautor material del delito en términos del artículo 13, fracción III, del Código Penal para el Distrito Federal, como ocurre en el delito de robo, cuando uno de los activos es el que se apodera materialmente de la cosa ajena, mientras otro, amén de brindarle apoyo con su presencia, impide que uno de los ofendidos acuda a solicitar auxilio.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

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