Resumen
HECHOS NOTORIOS. CONDICIONES QUE NORMAN LA FACULTAD LEGAL DE LOS JUZGADORES PARA INVOCARLOS.
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Tribunales Colegiados de Circuito nº 182407 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Enero de 2004 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito n° Vi.3o.a. j/32 jurisprudencia, del 01 de Enero de 2004)
HECHOS NOTORIOS. CONDICIONES QUE NORMAN LA FACULTAD LEGAL DE LOS JUZGADORES PARA INVOCARLOS.
La aptitud de que gozan los juzgadores para invocar hechos notorios ...Ver el contenido completo de este documento
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