Tribunales Colegiados de Circuito nº 178710 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Abril de 2005 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito n° Vi.2o.c. j/251 jurisprudencia, del 01 de Abril de 2005)

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INTERDICTO PARA RETENER LA POSESIÓN. LOS ARTÍCULOS 813 Y 814 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE PUEBLA ABROGADO, QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO VIOLAN LA GARANTÍA DE AUDIENCIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

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Tribunales Colegiados de Circuito nº 178710 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Abril de 2005 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito n° Vi.2o.c. j/251 jurisprudencia, del 01 de Abril de 2005)

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