Resumen
IMPROCEDENCIA EN EL AMPARO. LA CAUSA PREVISTA EN LA FRACCIÓN XVIII DEL ARTÍCULO 73 DE LA LEY DE LA MATERIA PUEDE APLICARSE, AUN CUANDO NO SE ENCUENTRE ESTABLECIDA EXPRESAMENTE EN LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
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Extracto
Tribunales Colegiados de Circuito nº 171450 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Septiembre de 2007 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito, Xxii.1o.37 K Tesis Aislada)
Las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos admiten diversas clasifica...
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