Tribunales Colegiados de Circuito nº 173808 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Diciembre de 2006 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito n° Xxii.1o.41 c tesis aislada, del 01 de Diciembre de 2006)

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Resumen


CONCUBINATO. EL ARTÍCULO 275 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO, VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE OCTUBRE DE 2003, QUE CONTEMPLA LA COMUNIDAD DE LOS BIENES ADQUIRIDOS DURANTE SU VIGENCIA, ES APLICABLE A TODAS LAS DEMANDAS PRESENTADAS A PARTIR DE SU ENTRADA EN VIGOR, CON INDEPENDENCIA DE QUE LA RELACIÓN DE CONCUBINATO TENGA SU GÉNESIS CON ANTERIORIDAD A ESA FECHA.

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Extracto


Tribunales Colegiados de Circuito nº 173808 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Diciembre de 2006 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito n° Xxii.1o.41 c tesis aislada, del 01 de Diciembre de 2006)

CONCUBINATO. EL ARTÍCULO 275 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO, VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE OCTUBRE DE 2003, QUE CONTEMPLA LA COMUNI...

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