Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 1 de Junio de 1995 (Tesis num. XII.2o.2 C de Segundo Tribunal Colegiado del Decimo Segundo Circuito, 01-06-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXII.2o.2 C
Fecha de publicación01 Junio 1995
Fecha01 Junio 1995
Número de registro204911
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Civil

La sentencia que revoca el auto por el que se nombró como albacea de una sucesión a la persona propuesta por varios herederos, designando en su lugar a quien propusieron otros herederos, no afecta los intereses jurídicos de la propia sucesión, la cual no sufre menoscabo en los bienes que la constituyen, ni en sus derechos y acciones. Tal sentencia perjudica directamente a los herederos que propusieron al albacea cuyo nombramiento se revocó, pues son ellos los interesados en que el albaceazgo se desempeñe por su conducto, e igualmente afecta en lo personal al albacea...

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