Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Septiembre de 1994 (Tesis num. X. 1o. 49 C de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Circuito, 01-09-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónX. 1o. 49 C
Fecha de publicación01 Septiembre 1994
Fecha01 Septiembre 1994
Número de registro210651
MateriaDerecho Civil,Civil

Para que exista una servidumbre de paso debe demostrarse en primer lugar como elemento indispensable de la acción intentada, ser propietario de una finca, y hecho que sea, que ésta se encuentre enclavada entre otras ajenas y, que la misma no tiene salida a la vía pública, pues dada su naturaleza real sólo puede concebirse en relación con quien ejerce sobre un inmueble un derecho de la misma índole; luego si quien la reclama sólo exhibe una certificación notarial en la que se hace constar que la escritura correspondiente se encuentre en trámite, que carece de los datos indispensables para el debido reconocimiento del exigido derecho de propiedad, como son el nombre del vendedor, las declaraciones de los otorgantes, los antecedentes del último título de propiedad, los datos de inscripción en el Registro Público para esclarecer si sobre el inmueble pesaba algún gravamen y, la personalidad de los comparecientes al acto de compraventa, es claro que no acreditó legalmente su derecho de propiedad; ya que tal probanza por sí sola es insuficiente para acreditar tal extremo, puesto que tratándose de los contratos de compraventa la ley exige determinada formalidad externa y mientras dichos contratos no revistan esa forma no pueden producir efectos frente a...

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