Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2001 (Tesis num. I.3o.C.260 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-09-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.260 C
Fecha de publicación01 Septiembre 2001
Fecha01 Septiembre 2001
Número de registro188843
MateriaCivil

Cuando un acto jurídico celebrado en el extranjero deba surtir efectos en territorio nacional, se debe verificar previamente la validez de tal acto como presupuesto o requisito para determinar la aplicabilidad de la legislación del lugar de ejecución y, de ser así, cuál es la ley a cuya luz debe definirse tal validez. El Estado mexicano, como parte de la comunidad internacional, tiene un sistema jurídico propio al igual que los demás Estados soberanos que lo conforman; de ahí que es innegable la multiplicidad de sistemas jurídicos locales y de normas de carácter internacional, lo que genera precisamente la distinción entre el derecho nacional o interno, y el derecho internacional o supranacional, atendiendo a la fuente de la cual emanan y su ámbito temporal o espacial de aplicación. Para resolver un caso concreto, debe partirse de que el órgano jurisdiccional del Estado ante quien se planteó la controversia en la que puede incidir la aplicación del derecho sustantivo extranjero, debe ceñir su actuación a la ley de su foro, esto es, que en materia procesal, por regla general, el órgano jurisdiccional no puede estar obligado a aplicar una norma adjetiva que no está generada por su Poder Legislativo, incluyendo como parte de su derecho interno lo dispuesto en los tratados internacionales, cuando éstos quedan incorporados a su sistema positivo vigente, mientras no se cuestione su vigencia y constitucionalidad y se declare por cosa juzgada su inaplicabilidad, a través del medio de control constitucional correspondiente. Asimismo, el órgano jurisdiccional debe atender en lo sustantivo a la existencia de normas de carácter internacional que por virtud de su mecanismo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR