Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2004 (Tesis num. I.7o.C.52 C de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-09-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.C.52 C
Fecha de publicación01 Septiembre 2004
Fecha01 Septiembre 2004
Número de registro180644
MateriaDerecho Procesal,Civil

No debe tenerse restringida la hipótesis del artículo 664 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, exactamente al "rematante" o "adjudicatario" sino, en general, a la parte que obtuvo en el juicio, ya que esa circunstancia no varía la naturaleza propia de la institución de tercería, en consecuencia, fue legal que el J. responsable con motivo de la tercería promovida, suspendiera la ejecución que solicitó la quejosa y recurrente, en el sentido de que se le pusiera en posesión de todos los bienes materia del juicio ordinario civil, en razón de que con ello se impide la afectación de un modo directo o inmediato el supuesto derecho de la tercerista de disponer de la posesión de los bienes respectivos, porque en el hipotético caso de que se declare procedente la tercería, el J. natural no podrá decretar las medidas necesarias para restituir las cosas al estado en que se encontraban antes...

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