Tribunales Colegiados de Circuito nº 177294 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Septiembre de 2005 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito n° Iv.3o.t.212 l tesis aislada, del 01 de Septiembre de 2005)

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GARANTÍA DE AUDIENCIA EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. CUANDO SE PROMUEVE UNA DEMANDA Y LAS PARTES CON ANTERIORIDAD CELEBRARON UN CONVENIO, LA JUNTA, PREVIAMENTE A ORDENAR EL ARCHIVO DEL ASUNTO, DEBE OÍR EN DEFENSA AL ACTOR PARA QUE MANIFIESTE LO QUE A SU DERECHO CONVENGA.

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Extracto


Tribunales Colegiados de Circuito nº 177294 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Septiembre de 2005 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito n° Iv.3o.t.212 l tesis aislada, del 01 de Septiembre de 2005)

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