Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Agosto de 1996 (Tesis num. III.1o.C.22 C de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-08-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.1o.C.22 C
Fecha de publicación01 Agosto 1996
Fecha01 Agosto 1996
Número de registro201742
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Civil

Lo decidido acerca de que, en caso de que se tuvieran por reconocidas las firmas de los documentos exhibidos en los medios preparatorios a juicio, se requiriera de pago y, de no hacerse, se embargaran bienes, se guardaran éstos bajo depósito y se emplazara bajo las reglas del juicio mercantil ejecutivo, es abiertamente inconstitucional por hacerse tornar estas diligencias preparatorias a juicio mercantil ejecutivo en el juicio mismo, no obstante que no antecedió la demanda formal en que, proponiéndose una vía determinada de tramitación, se pidiera la instauración del propio juicio, lo que no se subsana con la petición de la parte promovente al respecto, pues ésta no substituye los requisitos de la demanda del juicio mercantil ejecutivo, ni la decisión judicial que lo instaurara precisando la vía de tramitación, proceder que en ninguna forma autoriza el artículo 1167 del Código de Comercio en que se sustentó la promoción de los medios...

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