Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 1 de Octubre de 2001 (Tesis num. III.1o.P.38 P de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 01-10-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.1o.P.38 P
Fecha de publicación01 Octubre 2001
Fecha01 Octubre 2001
Número de registro188566
MateriaDerecho Penal,Penal

A diferencia de otros delitos similares contemplados en distintos ordenamientos punitivos del país, el tipo penal del delito de omisión de cuidado, previsto por el artículo 194 del Código Penal para el Estado de Colima, que a la letra dice: "Artículo 194. Al que no cumpla sus deberes de cuidado respecto a su cónyuge, menores hijos o de cualquier persona incapaz de valerse por sí misma, o abandone a quien hubiese atropellado con un vehículo, se le impondrán de tres días a tres años de prisión y multa hasta por 30 unidades. ...", en su primera hipótesis, se consuma con el solo hecho de no cumplir con los deberes de cuidado respecto al cónyuge, los menores...

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