Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2010 (Tesis num. I.5o.C.125 C de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-08-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.5o.C.125 C
Fecha de publicación01 Agosto 2010
Fecha01 Agosto 2010
Número de registro163954
LocalizadorNovena Época; Tribunales Colegiados de Circuito; Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; XXXII, Agosto de 2010; Pág. 2341; [T.A.];

Si bien es cierto que cuando son los Jueces quienes resuelven sobre el régimen de visitas y convivencias, se está ante un sistema artificial, también lo es que, a través de éste deben crearse las condiciones más adecuadas para equipararlas a las relaciones humanas que se habrían de desarrollar normalmente en la familia, esto es, los juzgadores, al fijar el régimen de visitas y convivencias, deben propiciar situaciones de normalidad en las relaciones familiares.


QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 309/2010. 10 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: W.A.H.. Secretario...

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