Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 1 de Abril de 2009 (Tesis num. VI.2o.396 K (8a.) de Tribunales Colegiados de Circuito, 01-04-2009 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.396 K (8a.)
Fecha de publicación01 Abril 2009
Fecha01 Abril 2009
Número de registro167492
MateriaComún,Civil,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Abril de 2009; Pág. 1907

Aun cuando sea verdad que el auto de exequendum haya servido de antecedente para el embargo que el quejoso reclame, ostentándose como tercero extraño al juicio, si también es cierto que ese auto no fue dictado en contra del peticionario del amparo, sino que ahí se ordenó embargar bienes de quien figuraba como demandado en el juicio del que emanan los actos combatidos, es indudable, por lo mismo, que el auto de referencia, por sí solo no lesiona los intereses jurídicos del quejoso y debe al respecto sobreseerse en el amparo, por estarse en la hipótesis que contempla el artículo 73, fracción V, en relación con el 74, fracción III, ambos de la Ley de Amparo.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO (AHORA SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO).

Amparo en revisión 267/91. G.G.Q...

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