Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Julio de 2008 (Tesis num. I.9o.P.71 P de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-07-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.P.71 P
Fecha de publicación01 Julio 2008
Fecha01 Julio 2008
Número de registro169162
MateriaDerecho Civil,Derecho Penal,Penal

Entre los artículos 131 y 200, fracción II, del Código Penal para el Distrito Federal, que prevén la circunstancia agravante del delito de lesiones y el tipo penal de violencia familiar, respectivamente, existe un conflicto de normas que se resuelve a través del principio de subsunción, conforme al cual la de menor entidad quedará subsumida en la mayor, en razón del bien jurídico tutelado. Por consiguiente, tomando en cuenta que la primera norma tiene por finalidad agravar la pena de acuerdo al sujeto pasivo del delito -con independencia de que pudieran concurrir otras- y la segunda constituye un tipo penal, entendiendo por ello, un instrumento del legislador por medio del cual describe de la mejor manera posible una conducta relevante para el derecho penal por estimar de suma valía los bienes jurídicos que tutela, entonces, es dable concluir que la circunstancia agravante del delito de lesiones debe quedar subsumida en el delito de...

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