Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2008 (Tesis num. I.1o.A.161 A de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-08-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.1o.A.161 A
Fecha de publicación01 Agosto 2008
Fecha01 Agosto 2008
Número de registro169089
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Constitucional,Administrativa

Atendiendo a que, tratándose del impuesto predial, la base gravable del impuesto materializa en términos económicos el hecho imponible u objeto del tributo y a que, por ende, debe existir congruencia entre esos elementos, la base debe configurarse por datos que sean indicativos de la realidad económica que el legislador consideró gravable, por cuyo motivo las matrices de referencia atienden a características objetivas de las construcciones útiles para evidenciar su valor económico porque toman en cuenta la superficie, estructuras, acabados y servicios que, al ser características de una construcción influyen en su valor y son los medios idóneos para cuantificar los valores unitarios de las edificaciones, provocando que el gobernado tribute en atención a ese...

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