Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Mayo de 2008 (Tesis num. XX.3o.3 L de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 01-05-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX.3o.3 L
Fecha de publicación01 Mayo 2008
Fecha01 Mayo 2008
Número de registro169718
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Si a criterio de la Junta, quien deba absolver posiciones es un alto funcionario público, puede aplicar por analogía las reglas previstas para el desahogo de la testimonial, respecto de quien tiene esa calidad, contempladas en el artículo 813, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo, y ordenar absuelva posiciones mediante oficio, ya que si bien es cierto que dicha legislación, en el apartado concerniente a la prueba confesional, no contempla distinción alguna en su desahogo cuando el absolvente sea un "alto funcionario público", esa sola circunstancia no la imposibilita para proceder de aquella manera, ya que no se advierte razón válida alguna por la cual el legislador hubiere tenido la intención deliberada de otorgar ese trato preferencial sólo en una testimonial y no así en una confesional, y por el contrario, existe justificación razonable para que a un "alto funcionario público" se le otorguen las mismas deferencias procesales condignas a quienes tienen esa elevada responsabilidad en el desempeño de su encargo, ocupando un grado superior en la estructura orgánica en las instituciones del Estado, ya sea como testigo o como absolvente de posiciones. La interpretación aludida atiende al principio general de derecho relativo a que donde existe idéntica razón debe aplicarse igual disposición, lo cual está expresamente autorizado en el artículo 17 de la ley en cita, que establece que a falta de disposición expresa en la...

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