Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 1 de Enero de 2012 (Tesis num. II.3o.P.14 P (9a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 01-01-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.3o.P.14 P (9a.)
Fecha de publicación01 Enero 2012
Fecha01 Enero 2012
Número de registro160348
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012, Tomo 5; Pág. 4702
MateriaPenal

El medio de prueba idóneo en el delito de robo para determinar el valor del objeto motivo de apoderamiento, generalmente lo constituye el dictamen pericial en materia de valuación, que está supeditado a las exigencias previstas en el artículo 226 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, publicado en la Gaceta del Gobierno de la misma entidad el 20 de marzo de 2000, que establece que los peritos deberán precisar los puntos a dictaminar, las consideraciones o motivaciones que funden su opinión y concluir en proposiciones concretas. De ahí que si la conclusión del perito valuador carece de las consideraciones o motivaciones que fundan su opinión (que constituye una apreciación subjetiva que conlleva a determinar su ineficacia probatoria) y las constancias que obran en autos no permitan determinar de...

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