Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 533 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914141
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

La tesis relacionada que bajo el rubro de "COMPRA A PLAZOS, EFECTOS DE LA MORA EN EL PAGO.", aparece publicada en página 239, del Apéndice 1917-1985 del Tomo correspondiente a la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se establece que: "si las partes celebraron un contrato de compraventa, el comprador entró en posesión de la casa y pagó parte del precio, y se convino en que el saldo sería pagado en determinada fecha, el primero tiene derecho a pedir que se le otorgue la escritura en forma legal, mediante el pago del saldo y el vendedor está obligado a otorgarla, y sólo tiene derecho, si hubo mora por parte del comprador para pagar el saldo, a recibir los intereses correspondientes a éste, pero no está legitimado para pedir la rescisión del contrato.", no es aplicable al caso en que el vendedor ejercitó la acción de rescisión antes que el comprador consignara el saldo del precio y ejercitara la acción proforma, pues el fundamento de dicha gracia otorgada al comprador, se toma de la consideración de que el silencio del vendedor hace presumir su indulgencia y su poca o ninguna voluntad de hacer valer el derecho que le otorgan los artículos 1824 y 2174...

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