Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 516 de Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914124
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

Dada la naturaleza de la acción de jactancia, que tiene como fin que el demandado deduzca la acción que afirma tener, en un plazo que para tal efecto se le señale, apercibido que de no hacerlo se le tendrá por desistido de dicha acción, debe concluirse que, conforme al artículo 279, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Chiapas, la confesión ficta derivada de la falta de contestación a la demanda formulada por el quejoso, adminiculada con un recibo exhibido por la demandada, resultan suficientes para tener por acreditados los hechos de dicha reclamación civil y, por tanto, los elementos de la acción en comento, en razón de que con ese material...

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