Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 860 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912425
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Fiscal (ADM)

El recurso de revocación previsto en la legislación fiscal, es improcedente cuando se trata de cancelación de patente de agente aduanal, pues éste, sólo es procedente contra resoluciones o actos de dichas autoridades en materia fiscal federal, no estando establecido de manera expresa contra la determinación de cancelación a que se ha hecho referencia; ello es así, pues no puede analizarse la procedencia del recurso de mérito atendiendo exclusivamente al contenido de la fracción III, del artículo 117 del Código Fiscal de la Federación, sino en relación con el diverso 116 del mismo ordenamiento; en este sentido, el último precepto determina que contra los actos administrativos dictados en materia fiscal federal se podrán interponer los recursos de revocación y de oposición al procedimiento administrativo de ejecución; por su parte el numeral 117 fracciones I y II, en comento, establece los casos de procedencia del recurso de revocación, que se refieren a aspectos tributarios como lo son la determinación de contribuciones y sus accesorios, así como la negativa a la devolución de cantidades, mientras que la fracción III atiende a otros actos que dicten las autoridades aduaneras, pero...

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