Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4112 de Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909053
MateriaDerecho Penal,Penal

La declaratoria de perjuicio a que se refiere el artículo 92 del Código Fiscal de la Federación, respecto del delito de contrabando a la importación, previsto por el diverso numeral 102, fracción II, del propio código, es jurídicamente válida cuando se realiza "vía telex", no obstante que dicho medio de comunicación no esté regulado por el Código Federal de Procedimientos Penales, pues este debe considerarse idóneo para tal efecto, ya que constituye un avance tecnológico eficaz, cuyo uso oficial merece plena credibilidad jurídica en lo que hace al órgano de la administración pública emitente; más aún, si el "telex", dadas sus características peculiares, tiene idéntica función a la del telégrafo, y si éste es idóneo para que la Secretaría de Hacienda formule la declaratoria de perjuicio, según el criterio reiterado de la Primera Sala de la H...

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