Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Agosto de 1992 (Tesis num. XX. 171 P de Tribunal Colegiado del Vigesimo Circuito, 01-08-1992 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX. 171 P
Fecha de publicación01 Agosto 1992
Fecha01 Agosto 1992
Número de registro800038
MateriaDerecho Penal,Penal

Para la configuración del delito de peculado, previsto y sancionado por el artículo 278 de la ley sustantiva penal para el Estado de Chiapas, se requiere que se reúnan los siguientes elementos: a) que el presunto responsable sea servidor público, ya sea por comisión o por tiempo ilimitado; y, b) que distraiga para usos propios o ajenos dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado, Municipio o...

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