Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro229512
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Administrativa

El dictamen emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social para la cobertura del Seguro de Riesgos de Trabajo, no está fundado ni motivado si únicamente contiene, en términos abstractos y generales, datos relativos a número de casos, número de días subsidiados por incapacidad temporal para el trabajo, suma en porcentaje de las valuaciones de las incapacidades permanentes parciales o totales, número de defunciones, número de trabajadores promedio expuestos al riesgo, así como los índices de frecuencia, de gravedad y de siniestralidad y la cita de artículos de la Ley del Seguro Social y del Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación del Grado de Riesgo del Seguro de Riesgos de Trabajo, sin que se explique la fuente de donde se obtuvo tal información y las particularidades necesarias para identificar cada uno de los casos considerados en dicho dictamen, como serían el nombre de los trabajadores, la clase de incapacidad, el nombre de los trabajadores fallecidos, en su caso, o sus datos de identificación, así como las fechas de los siniestros, ya que, si por motivar y fundar un acto debe entenderse, según criterio jurisprudencial número 373, sustentado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación editado en mil novecientos ochenta y cinco, el señalamiento preciso de las normas legales aplicables al caso, así como de las circunstancias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR