Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 1 de Junio de 1990 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 01-06-1990 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1990
Fecha01 Junio 1990
Número de registro225461
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

Tomando en consideración que la jurisprudencia número 75, página 183, del Apéndice 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, ha establecido para que proceda la tácita reconducción, entre otras cosas que el arrendador no debió oponerse a que el arrendatario continuara en el uso y goce del bien arrendado, para lo cual tiene un plazo de diez días a efecto de presentar cualquier oposición, mismos que deben contabilizarse a partir del vencimiento del contrato, ese término se cuenta sin restar los inhábiles, puesto que durante tal lapso, el arrendador está en aptitud de verificar su oposición en cualquier forma, ya fuere personal, acompañado de testigos levantándose la constancia respectiva, ante fe notarial o por conducto de los tribunales judiciales, cuenta habida que los artículos 2340 y 2341 d...

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