Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 1 de Octubre de 1993 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 01-10-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Octubre 1993
Fecha01 Octubre 1993
Número de registro214748
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

El argumento de que la prueba pericial carece de fundamentos científicos porque en el dictamen no determinan las colindancias, ni se efectuó deslinde y medición de los terrenos cuestionados, carece de eficacia para demeritar dicha prueba, porque el artículo 151 de la Ley de Amparo establece que la prueba pericial será calificada por el juzgador según su prudente estimación, y si el dictamen del perito se apoya en documentos públicos que obran en el propio expediente del juicio de garantías y dicho dictamen contiene razonamientos y datos que producen convicción, ello es bastante para otorgarle valor probatorio.


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