Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 1994 (Tesis num. I. 4o. A. 90 K de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-12-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI. 4o. A. 90 K
Fecha de publicación01 Diciembre 1994
Fecha01 Diciembre 1994
Número de registro209691
MateriaDerecho Constitucional,Común

Si el acto reclamado en el juicio de amparo se hizo consistir en una concesión otorgada en beneficio del tercero perjudicado, afectando a la quejosa que habría sido seleccionada originalmente para continuar con el trámite concesionario, es ineficaz la causa de improcedencia del juicio de amparo propuesta apoyada en la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo, con el argumento de que el hecho de haber otorgado la concesión constituye un cambio de situación jurídica. Para que el juicio constitucional se considere improcedente con fundamento en aquella fracción y artículo, se requiere: a) que los actos reclamados emanen de un procedimiento judicial o; b) de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio: c) que en el trámite de cualquiera de esos procedimientos sobrevenga un cambio de situación jurídica; y d) que ese cambio tenga como consecuencia considerar irreparablemente consumadas las violaciones en el procedimiento, porque pudiera afectarse la nueva situación jurídica. Ahora, si como ya quedó establecido, el acto reclamado proviene de un procedimiento administrativo, como consecuencia no se da el supuesto del inciso a), pero tampoco surte el del inciso b) porque no es suficiente que su fuente sea un procedimiento administrativo, pues de la correcta aplicación del texto legal citado se advierte que, en él se precisa que tal procedimiento debe seguirse en forma de juicio, requisito que no satisface el procedimiento que se sigue para otorgar una concesión. En el procedimiento en forma de juicio intervienen tres partes, dos que contienden y una que resuelve; se inicia, normalmente, con la demanda, se concede, después de emplazar a la contraparte, un plazo para que la conteste; se otorgan términos para ofrecer y desahogar pruebas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR