Tesis Aislada, , 1 de Mayo de 1994 (Tesis num. VII.P.114 P de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Septimo Circuito, 01-05-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.P.114 P
Fecha de publicación01 Mayo 1994
Fecha01 Mayo 1994
Número de registro212551
MateriaDerecho Civil,Penal

De la lectura de los artículos 201 y 202 del Código Penal para el Estado de Veracruz se advierte que, en contrario a otras legislaciones, bajo la denominación genérica de delitos contra la familia se tipifican, a más de otros, el de incumplimiento de la obligación de dar alimentos y el de abandono de familiares, de los que aparece que el primero sanciona a quien sin motivo justificado deje de cumplir con la obligación de dar alimentos a sus hijos y que el segundo pune al que sin motivo justificado abandone a persona distinta de sus hijos a quien legalmente tenga el deber de dar alimentos sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia. Por tanto, del texto de esos preceptos aparece que los elementos materiales que integran el primero de los ilícitos en cita son: 1.-Que alguien deje de cumplir la obligación a su cargo de dar alimentos; 2.-Que ello ocurra en perjuicio de sus hijos, y 3.-Que esa conducta se observe sin motivo justificado, así como que los del segundo son: 1.-Que alguien abandone a personas distintas de sus hijos; 2.-Que el activo de esa conducta tenga obligación de dar alimentos a dicha persona; 3.-Que tal conducta se lleve al cabo dejando al abandonado sin recursos para atender sus...

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