Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Mayo de 1995 (Tesis num. I.4o.A.1 K de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-05-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.A.1 K
Fecha de publicación01 Mayo 1995
Fecha01 Mayo 1995
Número de registro205246
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Si bien la regla general aplicable al principio de definitividad consiste en que previamente a la promoción del juicio de amparo deben agotarse los recursos ordinarios que señale la ley rectora del acto reclamado; existen asuntos que por la forma en que el quejoso formula la impugnación constitucional, se apartan de dicha regla genérica, por lo que evidentemente resultan excepcionales, y tal característica debe considerarse también para determinar la procedencia del juicio de amparo; entre las reglas de excepción se encuentran aquéllas en que se alegan violaciones directas a la Constitución o cuando el acto reclamado carece de fundamentación y motivación; por lo que si de la lectura de la demanda de amparo se advierte que el quejoso propuso tales argumentos para apoyar la inconstitucionalidad del acto; el juez deberá considerarlos, y...

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