Tribunales Colegiados de Circuito nº 201281 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Octubre de 1996 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito n° I.4o.a.156 a tesis aislada, del 01 de Octubre de 1996)

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SUSPENSION. EL QUEJOSO DEBE PROBAR SU IMPOSIBILIDAD ECONOMICA PARA QUEDAR EXENTO DE GARANTIZAR EL COBRO DE LA CONTRIBUCION IMPUGNADA EN EL JUICIO DE AMPARO.

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Tribunales Colegiados de Circuito nº 201281 de Tesis Jurisprudenciales, 1 de Octubre de 1996 (caso Tesis Jurisprudencial de Tribunales Colegiados de Circuito n° I.4o.a.156 a tesis aislada, del 01 de Octubre de 1996)

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