Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Marzo de 1997 (Tesis num. VI.3o.47 C de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-03-1997 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Marzo 1997
Fecha01 Marzo 1997
Número de registro199139
MateriaDerecho Procesal

Debe distinguirse la legitimación en el proceso, de la legitimación en la causa. La primera es un presupuesto del procedimiento que se refiere o a la capacidad para comparecer al juicio, para lo cual se requiere que el compareciente esté en pleno ejercicio de sus derechos civiles, o a la representación de quien comparece a nombre de otro. En este sentido, siendo la legitimación ad procesum un presupuesto procesal, puede examinarse en cualquier momento del juicio, pues si el actor carece de capacidad para comparecer a él o no justifica ser el representante legal del demandante, sería ociosa la continuación de un proceso seguido por quien no puede apersonarse en el mismo. En cambio, la legitimación en la causa, no es un presupuesto procesal, sino una condición para obtener sentencia favorable. En efecto, ésta consiste en la...

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