Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Febrero de 1998 (Tesis num. VI.1o.10 K de Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-02-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.10 K
Fecha de publicación01 Febrero 1998
Fecha01 Febrero 1998
Número de registro196777
MateriaComún

Por decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación del día veintidós de junio de mil novecientos noventa y dos, se creó una nueva unidad del sistema monetario del país, equivalente a mil viejos pesos, en vigor a partir del primero de enero de mil novecientos noventa y tres, unidad monetaria que conservó el nombre de "peso", divisible en cien "centavos", que dio lugar, primero, a los nuevos pesos y, luego, a los pesos actuales, para lo cual se efectuó la supresión de tres ceros en la moneda, conversión que no sólo resultó aplicable para las obligaciones pecuniarias previamente contraídas y en el mercado cambiario en general, sino que también se hizo extensiva a las alusiones en dinero nacional contenidas en leyes, reglamentos, circulares y otras disposiciones que hayan entrado en vigor con anterioridad al primero de enero de mil novecientos noventa y tres, según lo expresamente dispuesto en el artículo noveno transitorio del citado decreto. En consecuencia, la cantidad de dinero que en determinado precepto legal, vigente antes de la fecha indicada, se establezca para la imposición de una multa, o como límite para graduar las penas en relación con determinados delitos, entre otros casos, conforme al mencionado decreto, se entienden referidas...

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